Créditos de Reestructuración Financiera ISSSTE - FONACOT


El Presidente Felipe Calderón anunció los Créditos de Reestructuración Financiera en apoyo a los trabajadores del Estado. Este programa forma parte de las acciones emprendidas por el ISSSTE para apoyar el Acuerdo Nacional en Favor de la Economía Familiar y el Empleo.

El Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, apoya a regularizar adeudos vencidos de tarjetas de crédito.

 

Lineamientos para la Autorización del Crédito de Reestructuración Financiera
ISSSTE - FONACOT.

IMPORTANTE

1.
Son sujetos de crédito de Reestructuración Financiera ISSSTE - FONACOT los Servidores Públicos de las Dependencias y Entidades amparados por el apartado B del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que reúnan los siguientes requisitos:
     
  Tener una antigüedad mínima de un año en la Dependencia o Entidad a la cual presten sus servicios al momento de solicitar el Crédito de Reestructuración Financiera ISSSTE - FONACOT, y ser trabajador de estructura.
  Ser titular de la Tarjeta o Tarjetas.
  Estar en cartera vencida más de 60 días al 30 de Agosto del 2009.
   
  Además de cumplir con los requisitos anteriores, el Servidor Público deberá llenar la Solicitud de Crédito (incluye la aceptación de consulta de su historial crediticio) y presentar en original para cotejo y una copia legible para la integración del expediente, los siguientes documentos:
     
  a. Identificación oficial vigente con fotografía y firma de cualquiera de los documentos siguientes:
    Credencial de Elector
    Pasaporte
    Cartilla del Servicio Militar Nacional (con antigüedad no mayor a 4 años de su fecha de expedición o resello)
    Cédula Profesional (con antigüedad no mayor a 10 años de su fecha de expedición)
   

En caso de que el Servidor Público presente como identificación oficial la Credencial de Elector o la Cédula profesional deberá entregar fotocopia con el anverso y reverso de la identificación en la misma cara de la hoja.

       
  b.
Comprobante de domicilio a nombre del Servidor Público de fecha reciente (del mes actual o inmediato anterior) de cualquiera de los documentos siguientes:
    Recibo de agua
    Recibo del predial
    Recibo de teléfono
    Recibo de luz
    Estado de cuenta bancario
   
Constancia de domicilio expedida por una autoridad Federal, Estatal, Municipal o Ejidal en la que se plasme sello y firma.
     
    En caso de que el comprobante de domicilio no esté a nombre del Servidor Público, como complemento y soporte adicional deberá presentar un comprobante con el mismo domicilio pudiendo aceptarse:
       
    Credencial de Elector.
    Último estado de cuenta de su AFORE (con vigencia menor a seis meses).
    Estado de cuenta de una casa comercial.
    Estado de cuenta de un servicio de telefonía celular o móvil.
    Recibo o factura por servicios de televisión por cable o satelital.
     
  c.
Último recibo de pago de nómina expedido por la Dependencia o Entidad que no exceda de 15 días de su fecha de expedición, impreso por un sistema de nómina centralizado, entregado a los Servidores Públicos o impreso directamente por el mismo vía Internet (electrónicamente).
       
2.
La Solicitud de Crédito y el Contrato de Crédito deberán requisitarse en todos sus campos aplicables sin presentar tachaduras ni enmendaduras. No está permitido el uso de corrector, ni tinta roja o dos tintas distintas. En el Contrato de Crédito se deberá recabar las rúbricas en la primera hoja y las firmas en la última hoja, del Servidor Público.
   
3.
La documentación soporte presentada por el Servidor Público para el trámite de afiliación, deberá cotejarse contra su original y las fotocopias de la documentación soporte deberán ser legibles.
 
4.
La información de la documentación soporte presentada para el trámite deberá corresponder con la registrada en la Solicitud de Crédito.
   
5. El Servidor Público autorizará la consulta de su historial crediticio.
   
6.
La capacidad de crédito del Servidor Público estará en función de sus percepciones brutas mensuales en efectivo y en forma permanente, y no podrá exceder de un monto cuyo pago mensual requiera de un descuento mayor del 20%.
   
7.
Los plazos para el pago del Crédito de Reestructuración Financiera ISSSTE - FONACOT serán de 12 ,24 ,36 y 48 quincenas.
 
8.
Se deberán verificar las 2 referencias proporcionadas por el Servidor Público (mínimo un familiar que no viva con usted).

 

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